Significado de medios de comunicación Definición, marco jurídico, influencia, límites y principios
Definición formal
Los medios de comunicación son las plataformas sobre las cuales se presenta y difunde información, caracterizando el diario en la palabra escrita, la radio en la oral, televisión en lo visual, e Internet a nivel multimedial. Tienen el poder de alcanzar a la sociedad en su conjunto, y a partir de los avances tecnológicos, los tiempos se han logrado reducir a la inmediatez de lo que ocurre, con un alcance mundial.
Marco jurídico-legal de los medios
Los medios son una herramienta sumamente útil y capaz a la hora de hacer llegar información a un gran número de personas. Esta misma influencia logra que la información obtenga gran interés por parte de la sociedad. Los medios (tanto impresos, como televisados o de radio difusión) son responsables de informar imparcialmente y con veracidad, lo que sin duda alguna, muchísimas veces puede ser aprovechado por el ámbito jurídico.
Si bien es cierto que los MdC pueden ser útiles, también es verdad que deben usarse con mucho cuidado en lo divulgado. Los MdC pueden convertirse en armas de doble filo cuando no se sabe manejar la información que se da o a quien se quiere dirigir, especialmente, cuando en materia jurídica existe información que no debe publicitarse o que pudiere resultar contraproducente para las partes intervinientes en el proceso. Es por eso que abogados defensores le recomiendan a sus clientes no dar declaraciones públicas, y también por lo mismo los MdC no son bienvenidos en ciertas audiencias y juicios.
Influencia de los medios en el desarrollo de un proceso judicial
Sabemos que la información ocupa un papel predominante en el mundo, y de los medios de comunicación (en adelante MdC) se obtiene la mayor cantidad de ésta. De hecho, los medios también han llegado a considerarse como uno de los poderes que constituyen al Estado; si bien es cierto que muchos de los MdC son manejados de forma privada, igualmente es verdad que su capacidad para llegar a un gran número de personas en un corto tiempo define su importancia y relevancia en los anteriores y actuales tiempos, dándole inevitablemente un carácter y/o interés social.
En un alarde de dominio, los medios se han modernizado hasta el punto tal que no es necesario comprar el periódico para informarse; basta ya con solo tener un celular o acceso a alguna computadora. Todo el aparataje judicial o jurídico no escapa de ello. Las leyes se han ido amoldando para aprovecharse de los beneficios que pueden aportar los MdC, quienes muchas veces llegan antes, inclusive, que los cuerpos de seguridad cuando se presenta algún suceso de interés legal y periodístico.
Los periodistas de sucesos, por ejemplo, tienen fuentes que muchas veces resultan ser muy confiables a la hora de determinar responsabilidades en un caso, siendo como es deber de toda persona que conoce de un delito, informar sobre el mismo.
En los juicios, en reiteradas ocasiones, los periodistas que han cubierto o redactado una noticia criminal son llamados a fungir como testigos y sus fuentes pueden ser develadas ante el poder judicial, siempre y cuando sea necesario para esclarecer un caso, lo que supondría el rompimiento del secreto profesional por razones justificadas.
Cónsono con los tiempos actuales y en el intento de los sistemas judiciales por actualizarse y mantenerse al día con los cambios a fin de impartir justicia, las informaciones que han sido publicadas por los MdC son consideradas de plena prueba y se les da valor de tales en casos específicos. Es público y notorio que muchos procesos han podido resolverse gracias a la intervención de los MdC.
¿Cuál es el límite de la libertad de expresión de los medios?
La libertad de expresión es un derecho mundialmente reconocido e íntimamente ligado a las libertades personales. Se considera como la posibilidad que posee todo individuo de expresar sus opiniones e ideas, sin que pueda ser censurado o penalizado por ello. Es la característica principal de los sistemas democráticos, no en vano se considera que sin esta capacidad se perderían las democracias del mundo.
Al ser un derecho legalmente establecido y protegido, los MdC surgen como sus grandes representantes y defensores, estando en la obligación ética y moral de hacer público las veces que este derecho haya sido coartado a cualquier persona, en detrimento de sus más legítimos intereses.
Ahora bien, lo anterior no quiere decir que los MdC pueden informar lo que les satisfaga; existen límites muy bien aclarados por las propias leyes. En ese sentido, tanto los ordenamientos jurídicos como los principios internos que rigen a los MdC, establecen hasta donde llega la libertad de expresión para la difusión de informaciones o mensajes, absteniéndose de aquellos que puedan causar temor, conmoción o dañar la reputación de terceros.
Los MdC y quienes los suscriben son responsables de los daños ocasionados por la publicación de noticias o informaciones falsas, tergiversadas o que con mala intención sean publicadas. Definitivamente, la libertad de expresión es un derecho y un bien jurídico tutelado, pero de ninguna forma se permite que en su nombre los MdC puedan actuar sin condiciones ni regulación alguna.
Principios rectores de los Medios de Comunicación
Dada la gran importancia que tienen los MdC en todas sus expresiones o formas, es lógico que se rijan por principios o normas que regulen su utilización, guiada o normada, principalmente, por la ética. La influencia que ejercen sobre los grandes conglomerados es enorme, y puede ser nefasta sino se informa o comunica de la manera correcta.
Existen principios básicos comunes a todos los MdC que deben seguirse, sustentarse y respetarse, tales como la libertad, la inclusión, la diversidad y la participación. Se debe tener presente que el proceso comunicacional no puede estar supeditado o responder a ideas, ni a intereses particulares, ni de grandes corporaciones; sino que debe fluir libremente y en contribución de la sociedad para su mejoramiento y perfeccionamiento.
Para regular la actuación y funcionamiento de los MdC, se ha considerado oportuno incluir otros principios con miras al mejoramiento del gremio comunicacional a nivel mundial. Esos nuevos principios son la acentuación de los anteriores, con un campo más amplio para su aplicación. Dichos principios se dividen en dos grupos: el primero, relativo al proceso comunicacional; y el segundo, orientados a la práctica profesional de la comunicación.
Principios rectores relativos al proceso comunicacional:
• Respetar las leyes de la sociedad
• Ser tolerante con las diferencias de pensamiento y actuación
• Informar por y para el público
• Libertad de expresión, reunión, y medios
• Regirse por la honestidad, transparencia, veracidad y la comunicación basada en los hechos reales suscitados sin modificación alguna.
Principios orientados a la práctica profesional de la comunicación:
• Adecuarse a la novedades profesionales y académicas que con la innovación requiera el ejercicio de la profesión
• Evitar conflictos de interés
• Promover el ejercicio de la profesión, su respeto y el de sus comunicadores, así como el de los receptores de la información: el público.
• Hacer el mejor trabajo comunicacional y de investigación posible.
Trabajo publicado en: Jul., 2020.
Ilustraciones: spiral, furryclown