Definición de Verbos Regulares e Irregulares
Licenciada en Letras Hispánicas
En todo sistema de signos existen reglas para la formación de estructuras lingüísticas que de manera general conforman la lengua. En el caso de los verbos, o formas verbales, tenemos tres conjugaciones en español de carácter regular, que cuentan con morfemas predeterminados para cada uno de los tiempos, y en ese marco, los verbos irregulares son aquellos que no siguen estrictamente esas reglas y cuentan con cambios fonéticos en su conjugación temporal.
Los verbos son palabras dentro del sistema de signos que conforman la lengua. En el nivel sintáctico su función es describir las acciones que realiza el sujeto, ya sean de movimiento o pensamiento.
Ejemplos y propiedades de los verbos regulares
En las conjugaciones verbales se toman en consideración, además de las formas propias del verbo, los infinitivos, participios y gerundios –también conocidos como formas no personales del verbo, ya que no atribuyen acción de forma directa a sujeto alguno. Estas inflexiones se distribuyen en modos: indicativo, subjuntivo e imperativo, y cada uno de estos cuenta con tiempos que especifican el momento en que el sujeto realiza la acción descrita.
En español se consideran verbos de la primera conjugación a aquellos cuyo infinitivo termina en -ar. De igual manera la segunda conjugación contiene a los verbos cuyo infinitivo termina en -er y la tercera cuenta con la terminación -ir. En general, los verbos modelos para colocar los morfemas que indican tiempo, modo, género y número (estos son los llamados accidentes gramaticales, inherentes a todas las palabras del idioma, aunque no todas cuentan con los mismos), son:
amar – primera conjugación
temer – segunda conjugación
partir – tercera conjugación
Los verbos regulares son aquellos que siguen la estructura morfológica de su verbo modelo, en cuyos casos solo cambia el lexema, dado que el morfema es la marca de la conjugación y sigue exactamente a su verbo tipo.
Ejemplos y propiedades de los verbos irregulares
Los verbos irregulares, por su parte, cuentan con una desinencia diferente a su verbo modelo, pues cuentan con ciertas variaciones. Es importante tomar en cuenta que en estos casos no se trata de la forma de escritura, sino de alteraciones fonéticas, los sonidos con que se pronuncia.
Ejemplos de estas variaciones de escritura, que no se consideran como irregularidades verbales, son los cambios de “c” por “qu”, o “c” por “z”, lo cual se debe a las especificaciones de pronunciación de dichas consonantes. La “c” solo se pronuncia como /k/ con las vocales a, o, u, por lo que si se busca conseguir el sonido combinándola con e, i debe hacerse un cambio de grafema (esto es en la escritura, por qu). El segundo caso es muy similar y responde a las mismas razones.
aplacar – aplaque, aplaques, aplaqué
mecer – mezo, meza (nótese que de esta forma el sonido sigue siendo el mismo.)
La variación experimentada por los verbos irregulares en sus inflexiones puede encontrarse en el lexema o en el morfema, y no necesariamente se aplica para todos los tiempos y/o personas. Algunos solo cuentan con variaciones en tiempos y persona específicos, siguiendo al verbo tipo en los demás.
concebir – concibo, concibes, concebimos, concebirán
caber – quepo, cabes, cabemos, cupimos
andar – anduve, anduviste, anduvimos, andaremos
nacer – nazco, nazcas, nazcamos
lucir – luzco, luces, lucimos
(*1), (*2) Se consideraron solamente los tiempos principales del modo Indicativo, aunque existen más, se dejaron fuera los tiempos compuestos.
Trabajo publicado en: Dic., 2021.
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