Definición de Infamia
La infamia es un término que se utiliza para denominar a aquella maldad, materializada en algún comentario, información, entre otros, y que es capaz de afectar y de asestar un duro golpe a la honestidad y credibilidad que ostenta un individuo. Por ejemplo, una persona que públicamente realiza declaraciones sin pruebas contra un político, acusándolo de corrupto, estará cometiendo una infamia.
Cabe destacarse que en buena parte de los casos la difamación puede reclamarse por la vía judicial que será la que decidirá si corresponde o no algún castigo para quien la promovió.
La utilización de este concepto se remonta a varios siglos atrás, en la época del Imperio Romano, donde se instalaría para jamás desaparecer.
En aquellos tiempos, la infamia implicaba la degradación del honor civil de una persona. El censor, que era la autoridad competente, se ocupaba de colocarle el cartel de infame a una persona cuando efectuaba el procedimiento del censo, y eso implicaba para la misma la pérdida de su reputación. En el censo, se supervisaba la moralidad y las finanzas de los ciudadanos.
Esta situación de ser tachado de infame además desacreditaba a la persona para acceder a cargos públicos, ejercer tutelas y curatelas, y a votar en las elecciones, es decir, su participación social quedaba ciertamente afectada.
En tanto, el derecho romano distinguía dos tipos de infamia dependiendo de las causas que la motivaban… La infamia facti tenía lugar cuando el ciudadano llevaba a cabo una acción contraria a lo que establece el orden público, las buenas costumbres o la moral; entre los ejemplos más comunes destaca el de la mujer que comete adulterio. Y por su parte la infamia iurs, era el resultado de haber efectuado un fraude o una acción dolosa contra alguien.
En materia de derecho canónico la infamia está considerada como la pérdida del buen nombre a raíz de las opiniones controvertidas y negativas que disponen diversas personas bien consideradas. Las infamias del tipo iurs pueden ser removidas por la ley canónica a partir de las llamadas purgas, mientras que las de tipo facti se podrán absolver a través de la manifestación de la pena sincera por haber cometido un acto impropio.
Trabajo publicado en: Mar., 2014.
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