Definición de Acuerdo
El término acuerdo dispone de un uso recurrente en nuestra lengua y que en casi todas sus referencias implica la conformidad o trato al que varias personas o partes llegan respecto de un asunto. Esa aprobación implicará una situación armónica entre las partes, una vez que se suscriba el mencionado acuerdo. Generalmente el acuerdo lo que hace es acercar posiciones que se encontraban distantes.
Trato que cierran varias partes sobre un tema y que les permite actuar en conjunto para resolverlo
En todos los ámbitos de la vida en los que interactuamos es necesario hacer acuerdos, en la familia, en la escuela, en el trabajo, y por supuesto también existen en otros niveles como la política nacional e internacional de un estado.
Es habitual que se use el concepto como sinónimos de trato y de pacto
Uno de los usos más extendidos dice que el acuerdo es aquella resolución que toman una o varias partes en relación a un tema puntual. El acuerdo siempre implica la decisión común de estas partes ya que no significa la imposición de una a la otra sino, por el contrario, el encuentro de aquello que las reúne a ambas.
Puede estar formalizado ante la ley o ser informal, pero siempre debemos respetarlo para no recibir una sanción legal o moral
El acuerdo puede tomar lugar de un modo formal, a través de las leyes, contratos, y parámetros legales, así como también de modo informal, como cuando sucede en la vida cotidiana, en la que por ejemplo dos o más partes convienen de mutuo acuerdo cumplir un asunto pero sin que medie una norma o papel por escrito, solo basta el compromiso oral; por supuesto el mismo por la manera en que se produce no requiere la asistencia de profesionales del derecho para ser establecido como sí ocurre en el caso anterior.
Un caso para ejemplificarlo podría ser el acuerdo de vecinos para sacar la basura a determinada hora y así no complicar la suciedad del edificio.
El acuerdo puede ser entendido como un punto de encuentro entre las partes que toman lugar en el acto. Si bien normalmente el acuerdo se realiza entre personas, también puede llevarse a cabo entre entidades, instituciones, países o regiones que representan diversos intereses.
A diferencia de otros tipos de tratados, el acuerdo, siempre supone que ambas partes están, justamente, de acuerdo con lo que se plantea. En algunos casos, el acuerdo puede ser más beneficioso para una de las dos o más partes pero el hecho de que las que salen perjudicadas estén de acuerdo es lo que le da entidad.
Cuando el acuerdo toma lugar de modo escrito y a través de los parámetros legales, es más difícil deshacerlo y no respetarlo.
En cierto sentido, este tipo de acuerdo puede ser entendido como un contrato que tiene que ser respetado por las partes firmantes de cualquier modo bajo pena de algún tipo de castigo o sanción en el caso de no hacerlo.
Sin embargo, cuando hablamos de acuerdos que se establecen de modo informal y sin recurrir a profesionales legales porque la situación no lo amerita (por ejemplo cuando se acuerda en una familia quién lava los platos qué día), es mucho más fácil deshacer tal acuerdo, no cumplirlo, tanto para armar uno nuevo como para directamente no respetarlo. En este tipo de acuerdo, lo que vale es la palabra y el honor de una persona en su compromiso por cumplirlo, como señalábamos líneas arriba.
Acuerdos bilaterales
En el caso que el acuerdo sea entre países se habla en términos de acuerdo bilateral. En relación a una cuestión concreta inherente a los planos económico, político, cultural, laboral, entre otros, se llega a un consenso. Luego, el mismo se plasmará en un documento vinculante que le dará validez, una duración e indicará las obligaciones y deberes que supone. Y casi siempre reporta un beneficio a las partes que lo suscriben.
De acuerdo: conformidad que se da a algo o adhesión a una opinión
Existe una frase muy popular que contiene este término: de acuerdo, y que normalmente la usamos para expresar conformidad en algo: “estoy de acuerdo con el vestido que elegiste para esta ocasión”. Asimismo la usamos cuando queremos expresar que adherimos a otra opinión.
Reunión gubernamental, consejo de ministros o nombramiento del Senado
Por otro lado, el concepto dispone de otros usos bien locales, en algunas regiones de habla hispana.
Puede designar a aquella reunión de una autoridad de gobierno con sus inmediatos colaboradores en la cual se toman decisiones en conjunto sobre temas de agenda.
También puede denominar al consejo de ministros o la confirmación de un nombramiento por parte del poder legislativo. “Hubo acuerdo en el Senado y se nombraron dos nuevos jueces de la Corte Suprema de Justicia”.
Trabajo publicado en: Sep., 2010.
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