Definición de Perjuicio

El término perjuicio nos permite expresar un daño, físico o moral, que hayamos padecido en alguna situación o contexto.

Daño físico o moral que se sufre en algún evento natural o intencional

Cabe destacarse que éste puede haber afectado nuestro físico, nuestros bienes, o en su defecto nuestra moralidad, y haber sido desencadenado por la naturaleza, es decir, tiene su origen en algo natural, o perpetrado intencionalmente, por ejemplo, por un individuo que lo provocó con la clara misión de perjudicar.

Si por ejemplo un violentísimo temporal de lluvia provoca que el techo de nuestra casa se desplome implicará un perjuicio pero provocado por la acción de la naturaleza, es decir, no hubo alguien que lo provocó a propósito, en tanto, si nuestra vivienda sufre un incendio como consecuencia que un vecino arrojó combustible y encendió el fuego adrede, entonces, ahí sí estaremos ante un perjuicio de tipo intencional y que como tal podrá ser denunciado ante la justicia y castigado de acuerdo a la normativa vigente.

Asimismo, el perjuicio puede ser moral y generalmente está desencadenado por un tercero que con sus acciones y dichos afecta la emotividad de otro y termina por despertarle una fuerte tristeza y depresión.

Derecho: beneficio que deja de percibirse o el costo que resulta por la acción impropia de otra persona

En el ámbito del Derecho resulta ser un término de uso muy frecuente dado que a través del mismo se designa a la ganancia que deja de obtenerse, o el costo que se genera como consecuencia de la acción de otra persona, o por el contrario, por la omisión de su acción, y entonces, tal situación podrá ser presentada por la víctima ante la justicia y si se confirma, la misma obligará a quien haya causa el perjuicio a que indemnice en consecuencia a la víctima.

El derecho, en casi todas las legislaciones del mundo, avala la presentación ante la justicia de un reclamo en aquellos casos, que como mencionábamos, somos objeto de un perjuicio y ello nos ocasiona un daño grave en los planos físico o moral.

Comprobar la sucesión del daño para poder obtener una reparación

Es obligación y condición sin equanom para poder obtener una reparación del perjuicio sufrido, la comprobación fehaciente ante las autoridades pertinentes que ese daño se padeció en efecto y sin duda alguna.

Una vez que queda absolutamente probado ante la ley, el tribunal o juez interviniente, podrá determinar la forma de compensación, que normalmente suele ser monetaria, y está en relación al daño padecido.

El monto de la indemnización surge normalmente de las pruebas concretas que se presentan y que permiten, por caso, calcular el dinero que se perdió ante ese perjuicio, mientras que en otros casos es la propia justicia que deberá estimar ese monto, tal es el caso de los perjuicios morales o de los daños físicos provocados, por ejemplo por un siniestro.

Siempre para poder actuar como demandantes y para que el reclamo avance en la justicia es imprescindible probar de manera contundente el perjuicio sufrido.

Si no se puede probar el daño a través de pruebas contundentes, entonces, no se podrá recibir dicha compensación.

En tanto, si el responsable del perjuicio es un agente de la naturaleza, es decir, es el resultado de una catástrofe natural como puede ser un terremoto o un huracán, entre otros, entonces no se podrá seguir un reclamo por la vía judicial, aunque sí se podrá solicitar una asistencia al estado para que ayude a reducir el impacto de las pérdidas ocasionadas por ese evento.

Una situación símil sucede en aquellos casos en los que los perjuicios son poco importantes y que se suceden en el plano íntimo de una familia, por ejemplo.

“Como mi padre ingresó hace muy pocas semanas a su nuevo trabajo no nos podremos ir de vacaciones como solemos hacer para esta fecha; claramente eso implica un perjuicio menor para toda la familia que este año no podrá disfrutar de las vacaciones, pero claro, es algo menor y subsanable.”

Sin perjuicio: dejar a salvo a alguien o algo

También, la palabra la podremos apreciar con recurrencia en una expresión de uso popular: sin perjuicio, que es lo mismo a decir dejar a salvo algo o alguien.

Entre los sinónimos de la palabra que más corrientemente usamos nos encontramos con el daño, sin dudas, el más empleado.

Mientras tanto, la palabra que directamente se opone a la que nos ocupa es la de ganancia, que nos propone lo contrario, el beneficio que se le puede obtener a algo.

 
 
 
Autor: Florencia Ucha.

Trabajo publicado en: Ene., 2013.
Datos para citar en modelo APA: Ucha, F. (enero, 2013). Definición de Perjuicio. Significado.com. Desde https://significado.com/perjuicio/
 

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