Significado de fianza Definición, factores, tipos, seguro caución, y libertad bajo fianza

Gabriela Hernandez
Licenciada en Derecho

Definición formal

La Fianza es el resguardo y la forma de resarcimiento estipulada sobre un compromiso vinculante que fuera quebrado por la respectiva parte firmante, actuando a modo de garantía para la otra, tomando como referencia bienes o montos económicos, aplicándose tanto a nivel individual como institucional, con la posibilidad de, según el caso, convocar a un tercero en representación para que se coloque a disposición frente al caso de violar el acuerdo establecido.

Se aprecia como una medida necesaria en numerosos contextos, como por ejemplo a instancias de un préstamo, tomándose como figura imperativa por los bancos.

Actores y factores participantes

Para entender bien la noción de fianza, hay que tener en cuenta que implica una terminología propia, distinguiendo los roles de:

• Deudor: es quien pide el préstamo o adquiere un compromiso. Para poder seguir con este trámite, necesita de la fianza.

• Fiador: es la persona o entidad jurídica que emite el préstamo y acepta la recepción del compromiso.

• Acreedor: el acreedor es a quien se le adeuda y recibe la fianza.

De lo antes dicho, se deduce algo: el acuerdo legal inicial es entre el deudor y el fiador. El acreedor no tiene mucho que ver en el acuerdo entre ambos. A su vez, el contrato de fianza se cumple entre el fiador y el acreedor (aunque se suele exigir que el deudor sea quien pague la solicitud de fianza). Es así como un contrato de fianza tiene las siguientes factores:

A) Unilateralidad: una sola de las partes se obliga. En este caso, el fiador está obligado ante el acreedor.

B) Consensual: requiere de la aceptación del acreedor. Ningún acreedor puede ser obligado a participar en una fianza.

C) Accesorio: no es necesaria. El acreedor puede hacer el pacto con el deudor e indicar que no exige ninguna fianza.

D) Sin efectos reales: no tiene ningún efecto sobre los bienes o recursos del fiador. Solamente se paga en caso de incumplimiento del deudor.

Hay que tener en cuenta que es un contrato entre fiador y acreedor, por eso tiene importancia legal y aspectos jurídicos que deben ser plasmados con claridad.

Tipos de fianza

Hay heterogéneas fianzas. Se puede categorizar de acuerdo al ámbito en el cual se aplican (legal, judicial, etc.) o por el modo en que se ejecutan. Tenemos ahora una lista con una descripción sucinta de estas fianzas:

• Licitación: garantiza que un contratista cumpla su contrato.

• Fiel cumplimiento: garantiza que el afianzado cumpla con todas sus obligaciones.

• Anticipo: garantiza que el afianzado o deudor tenga el dinero para iniciar la obra.

• Laboral: garantiza pago a los empleados en caso de alguna contingencia del empleador.

• Ejecución: garantiza un lapso de una obra o servicio, sin que tenga daños posteriores a su culminación.

• Calidad: se suele usar en obras para indicar que los materiales y elaboración cumplen con estándares de calidad.

• Daños a terceros: es la típica fórmula de responsabilidad civil, la cual asume gastos en caso de accidentes, lesiones o menoscabo en los derechos de otras personas.

• Judicial: destinada a avalar resultados de procesos judiciales.

• Aduanal: garantiza el pago de tributos en trámites aduanales.

• Sub-fianza: curiosamente, se usa para garantizar los compromisos del fiador. En este caso, es un contrato entre el deudor y el acreedor.

• Co-fianza: se usa cuando hay dos o más fiadores.

• Retro-fianza: para posibles créditos que el deudor deba pagar al fiador.

Hay otras variantes, pero acá hemos indicado las principales. En negocios entre compañías grandes, o entre Estados, siempre se usan fianzas y sub-fianzas a la vez. Resulta obligatorio que el acreedor demuestre que puede cumplir con los montos monetarios de estos contratos.

¿Es posible diferenciar la fianza de un seguro de caución?

Ciertamente son bastante similares, sin embargo, tienen aspectos peculiares que no podemos obviar y que detallamos a continuación:

• Las fianzas garantizan las obligaciones. Un seguro de caución cubre riesgos.

• La fianza se vale de una póliza, mientras en el otro caso hay un certificado de caución.

• La fianza es accesoria ya que no forma parte del contrato principal.

• En cambio, el seguro de caución está plasmado en el contrato principal.

• Las fianzas pueden ser otorgadas por afianzadoras (como por ejemplo un banco); mientras que el seguro de caución viene solo de una aseguradora.

• Los seguros de caución son mucho más recientes en aparición que las fianzas.

• La fianza asume la responsabilidad del deudor.

• El seguro de caución cubre los inconvenientes resultantes del incumplimiento del deudor.

En este sentido, se puede decir que ambos conceptos son distintos. Y hay que dominarlos, pues implican procedimientos legales que son diferentes.

Derecho Penal: libertad bajo fianza

El concepto se traslada al ámbito jurídico, donde es imposible aplicar la noción de contrato de caución. De este modo, se aplica cuando hay una persona privada de libertad por algún acto delictivo o por estar imputada. Entonces, un tercero (familiar, amigo, su abogado, conocido, etc.) pide que esta persona salga en libertad, paga y se compromete a que la persona en cuestión cumpla con los requisitos para estar libre.

¿Cuál es el aval? Pues, en caso de que la persona liberada incumpla las normas, quien pide la fianza debe pagar cierta cantidad de dinero.

De cualquier manera, esta modalidad de libertad puede está sujeta a críticas. Demostración de ello es el caso de la actual vicepresidenta de Colombia, Marta Lucia Ramírez, quien en 1997 pagó la cantidad de U$150.000 para liberar a su hermano que había sido condenado por narcotráfico, y lo que no es muy bien visto por muchos de los hermanos neogranadinos.

Tres aspectos se critican de la vicepresidenta colombiana: el primero es que no todos pueden pagar semejante fianza, por lo cual es algo que no está al acceso de todas las personas. Segundo, que el delito de narcotráfico no debería aceptar el pago de fianza ya que es una infracción grave a la ley. Incluso, no todas los delitos y penas aceptan la fianza, por ejemplo, los de homicidio y secuestro no son admisibles para esta solicitud.

Por último, ocurre que Marta Lucia Ramírez mantuvo oculta esta información. El alto cargo que ocupa la obligaba a declarar públicamente esta situación.

 
 
 
Por: Gabriela Hernandez. Abogada graduada de la Universidad Fermín Toro, con experiencia en el mercado laboral, con vocación en los temas más actuales que interesan al público en general. Creyente de que la mejor forma de progreso es con estudio y trabajo honesto.

Trabajo publicado en: Sep., 2020.
Datos para citar en modelo APA: Hernandez, Gabriela (septiembre, 2020). Significado de Fianza. Significado.com. Desde https://significado.com/fianza/
 
 
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