Significado de indulto Definición, principios, ética y ejemplos
Licenciada en Derecho
Definición formal
El indulto es una medida especial que permite que a una persona declarada culpable de un hecho se le perdone la condena correspondiente de forma íntegra o parcial dependiendo de múltiples factores así como de la instancia del pedido (por ejemplo alguien que contabiliza más de diez años en la cárcel, y que durante ese periodo fue diagnosticado con una afección terminal, teniendo aún cinco años de pena), no obstante no se pierde la culpabilidad.
Principios de aplicación
Se trata de una institución discrecional de quien ejerce el gobierno. Su intención es responder a circunstancias políticas, sociales o de otra índole. Es decir, tener en cuenta aspectos que no pueden ser cotejados por un tribunal. Otros de sus principios son los siguientes:
• Que los condenados que ya se encuentran rehabilitados no tengan que seguir cumpliendo una pena “innecesaria”.
• El indulto, por más discrecional que sea, necesita de motivación, una justificación para llevarse a cabo.
• También se aplican en personas con enfermedades graves, quienes requieren de tratamiento médico o se encuentran en estado terminal.
Pueden tener el beneficio del indulto algunas de las personas que se encuentren en la siguiente condición:
• Procesados que aún no tengan sentencia firme
• Los reincidentes que ya han sido condenados por un mismo delito
• Quienes lo soliciten por razones de humanidad
• Como comentamos inicialmente, puede ser total o parcial: eliminar toda la pena o, bien, parte de ella. Por ejemplo, minimizar la cantidad de años de presidio.
Insistimos en que el principal asunto en los indultos refiere a que el condenado sigue siendo culpable. No cumple, o no termina de cumplir la condena, pero la sentencia de culpable no se cambia. Para efectos legales, la condición de culpable queda en su expediente jurídico.
Implicancias del beneficio
Un indulto atañe la extinción de responsabilidad penal, pero por la vía del perdón de la misma. Por ende, sucede algo peculiar: la persona aún es culpable de un acto cometido. Es y sigue siendo un sentenciado. El indulto tiene los mismos efectos que la culminación de la pena.
Una persona detenida por un crimen queda libre al finiquitar su condena y ya no tiene más responsabilidad. El indulto es un perdón, pero no borra la condición de culpable del indultado. Además, implica los siguientes aspectos:
1. Puede existir una conmutación de la pena, es decir, sustitución de la penalidad por otra menos gravosa.
2. El indulto de la pena principal lleva consigo todas las penas accesorias relativas a dicho delito.
3. Cuando hay una pena principal y otras accesorias (cárcel y multa, por ejemplo), sucede que las penas secundarias también pueden ser indultados separadamente de las principales.
4. Toda penalidad de inhabilitación de cargos públicos o derechos políticos, está negada en cualquier indulto.
5. Cuando ocurre un indulto de penalidad pecuniaria, el resto de la multa queda eximido. En ciertos casos, se contempla la devolución del pago realizado y en otros no.
6. De ninguna manera un indulto forma parte de una actividad procesal judicial. Es una institución discrecional de quien ejerce el poder del Estado.
7. Hay que tener en cuenta que el indulto no se puede pedir ante ningún juzgado. Los tribunales no tienen competencia al respecto, sino el poder ejecutivo.
¿El indultado puede ser procesado nuevamente?
No puede ser juzgado por el mismo hecho antijurídico, ya que se dictó sentencia y se le dictó culpabilidad. Una persona no puede ser procesada y sentenciada más de una vez por el mismo delito. En todo caso, algunas veces se discute si un indulto se puede revocar. No obstante, es un debate complejo e implica demostrar fallas procesales, políticas y administrativas en el indulto otorgado.
Lo anterior quiere decir que dar el indulto es algo discrecional, pero retirar dicho indulto no es discrecional. Para eliminar un indulto, se necesita demostrar que el proceso con el cual fue otorgado estuvo viciado.
Crítica ética: ¿Es justo para la victima el indulto de su victimario?
En este punto entramos en un debate que llama a la reflexión, destacando que la ley se hizo para impartir justicia. Por tanto, no pareciera muy justo que alguien a quien se le corroboró una falta a la ley sea disculpado y eximido de la pena. Por otra parte, quien otorga el indulto no es la víctima sino el Estado.
Entonces surge una pregunta razonable: ¿no es acaso lógico que quien tenga la facultad de perdonar (de eso trata el indulto) sea la víctima y no un gobierno? No obstante, la potestad de otorgar indultos jamás recae directamente en quienes padecen las consecuencias del delito. Es más, estas personas ni siquiera son consultadas a la hora de tomar esta decisión.
Ejemplos de indulto a Presidentes
La jurisprudencia tiene varios ejemplos donde se muestra la aplicación de esta institución jurídica. En el caso de América Latina, se ha vuelto muy recurrente. ¿Qué se puede interpretar de esto? Pues, que en la región la ley se ve bastante influenciada por el tema político, ya que la mayor parte de los indultos son de esta categoría.
Asimismo, se han dado indultos a narcotraficantes como medida para lograr la paz con bandas delictivas. Pero, si queremos ver algunos casos de indultos importantes en Latinoamérica tenemos los siguientes:
Alberto Fujimori en Perú: en el 2017 el presidente peruano para ese momento Pedro Pablo Kuczynski dio un indulto humanitario al ex jefe del Estado peruano Alberto Fujimori. Se trató de una medida que levantó críticas, ya que Fujimori fue condenado por crímenes de lesa humanidad.
Hugo Chávez en Venezuela: en 1992, el teniente coronel Hugo Chávez Frías intenta un golpe de Estado fallido. Al ser detenido, es colocado en prisión. Curiosamente, nunca hubo una condena formal pues el juicio se mantuvo en etapa sumarial por dos años completos. Es así como en 1994, el entonces presidente Rafael Caldera ordena un indulto al militar golpista. En 1998, Hugo Chávez ganaría la presidencia y se mantendría en el poder hasta su muerte en 2013.
Carlos Menem en Argentina: el presidente argentino firma entre los años 1989 y 1990 más de diez decretos, en los cuales se indultaba a militares involucrados en crímenes de lesa humanidad en la dictadura de los años 70. Muy criticado fue el indulto a Rafael Videla, quien fue presidente de facto al derrocar el gobierno constitucional de María Estela Martínez de Perón. Posteriormente, en el gobierno de Néstor Kirchner (2003-2007) tales absoluciones fueron derogadas y los militares obligados a cumplir sus penas.
El tema del indulto es ciertamente delicado. Es una figura que en ocasiones cumplen una función meta-judicial. Por eso siempre ha levantado tirrias y hay que entenderla desde la perspectiva política.
Trabajo publicado en: Abr., 2020.
Ilustraciones: Codeine_K