Definición de Pactos de Letrán

Alsina Gonzàlez
Periodista esp. e investigador

Uno de los puntos de mayor interés de Roma lo es por un triple motivo: histórico, religioso y turístico. Con esta definición, seguro que ya has adivinado que estamos hablando del Vaticano, un pequeño estado (de hecho, el más pequeño del mundo) que habita en el corazón de la ciudad de los césares.

Si bien tiene fronteras (y, tal vez, las más claramente delimitadas de todo el mundo: una línea blanca que rodea sus límites, por lo menos en la parte de la Plaza de San Pedro), para cruzarlas no se necesita presentar el pasaporte ni ningún otro documento, basta solamente con seguir caminando desde Italia.

El turista que no está atento, seguramente ni acertará a darse cuenta que ha cambiado de país, aunque al ser conocedor del hecho, si no sabe la historia, puede pensar que el hecho de que el Vaticano sea independiente debe ser una concesión de Italia a la Santa Sede.

Nada más lejos de la realidad, e Italia y el Vaticano solamente se reconocieron mutuamente al final de la década de los veinte del siglo XX.

Los Pactos de Letrán fueron una serie de acuerdos firmados entre el Vaticano y el Reino de Italia a principios de 1929, mediante los cuales la Santa Sede reconocía el estado de Italia y viceversa.

¿Cómo podía haberse dado esta situación si Italia es de los países cuya población tiene mayor fervor religioso católico? Para entenderlo, debemos remontarnos al proceso de unificación del Reino de Italia, que culminaría en 1870 con la absorción de los Estados Pontificios.

Estos últimos eran las posesiones terrenales del papado, que ocupaban la porción central de la Península Italiana, y cuya capital estaba en Roma.

No deja de ser curioso pensar que antes de 1870, Roma no formaba parte de Italia y que, de hecho, se pensó en fijar la capitalidad del nuevo país en Florencia, la cuna del Renacimiento.

Roma fue ocupada el 20 de septiembre de 1870 por las tropas italianas en el marco de la unificación de aquel país.

Aunque, de hecho, los Estados Pontificios eran una entidad política en declive desde 1848, y desde 1860 poseía poco más que la propia ciudad de Roma y sus alrededores. El estallido de la Guerra franco-prusiana en 1870 llevaría a la retirada de la guarnición francesa que protegía al Papa, y a una Italia aliada con Prusia que tendría carta blanca para anexionarse la ciudad eterna.

El 13 de mayo de 1871, el gobierno italiano aprueba la Ley de garantías papales, un primer intento del naciente estado italiano para regular las relaciones entre este y la Santa Sede.

Dicho texto establecía un régimen de extraterritorialidad para las dependencias papales (lo que vendría a ser hoy Ciudad del vaticano), el reconocimiento del propio pontífice como jefe de estado y el trato dispensado acorde con dicho honor, que este pudiera disponer de un cuerpo armado (la Guardia Suiza) a su servicio, y la capacidad del vaticano para recibir diplomáticos extranjeros y nombrar los suyos propios.

Esta ley no fue aceptada por el papa Pío IX, que se declaró “prisionero en el Vaticano”, y se negó también a reconocer al nuevo estado italiano. No obstante, la Ley de garantías funcionó de modo tácito.

El ambiente no es bueno, y la iglesia llega al extremo de prohibir a los católicos italianos entrar en política en el nuevo estado, como venganza contra los “ocupantes” de Roma.

Fue Benito Mussolini quien, una vez en el poder (a partir de 1922), pone el acuerdo con el papado en la agenda política italiana, aunque este no llegará hasta 1929.

Mussolini había llegado con ansias de afianzar un poder conseguido mediante un golpe de estado y de hacerse valer ante el pueblo italiano, así que el enquistado conflicto con la Santa Sede parece una excelente oportunidad para ello.

Fue el mismo Mussolini, en nombre del Rey de Italia Víctor Manuel III, quien negoció por parte italiana. Su contrapartida eclesiástica fue el cardenal Pietro Gasparri. El acuerdo fue firmado el 11 de febrero de 1929.

Los Pactos de Letrán son tres: reconocimiento de la soberanía del Vaticano, regulación de las relaciones entre este e Italia, y una compensación económica a la Santa Sede por sus pérdidas.

El primero es fácil de entender, y entra en la dinámica habitual entre países: uno y otro se reconocen mútuamente y entablan relaciones diplomáticas. Hasta la fecha, ninguno de los dos reconocía al otro.

El segundo pacto, el concordato entre ambos estados (tras la Guerra Civil Española, el régimen de Franco también firmaria un concordato con la iglesia católica) ya es más complicado, y es la respuesta a la pregunta de cómo encontrar un equilibrio entre los intereses de ambos.

Así, la Santa Sede garantizaba que los miembros de la iglesia italiana no se meterían en política (algo que interesaba mucho a Mussolini) y que, incluso, jurarían lealtad al estado. A cambio, el gobierno fascista italiano hizo obligatoria la enseñanza de la religión católica en la escuela, y acomodó la ley de matrimonio y divorcio a los cánones dictados por la iglesia.

Digamos que fue un arreglo en el que ambas partes cedieron algo para llegar a un mutuo acuerdo.

El tercer acuerdo era, básicamente, una reparación económica por las pérdidas territoriales (y, por lo tanto, de patrimonio) de la iglesia en 1870.

El suculento importe que el Vaticano sacó de este tercer acuerdo le permitió, en 1942, crear su propia entidad bancaria, la Banca Vaticana (oficialmente Instituto para las Obras de Religión, que sigue existiendo a día de hoy, y que se vió envuelta en la polémica a finales de los años 70 y principios de los 80 del siglo XX por el escándalo de la Banca Ambrosiana.

Los pactos siguen vigentes a día de hoy con modificaciones, como la de 1984, que llevaba al abandono del catolicismo como religión del estado y abría la puerta a la entrada de otras religiones en las aulas, como el judaísmo o el protestantismo.

Si bien la Segunda Guerra Mundial, la derrota del fascismo italiano, y posteriormente la expulsión de la familia real italiana y la conversión del país en una república, habrían podido modificar sustancialmente o incluso acabar con los pactos, estos fueron incluidos como parte de la constitución italiana de 1948.

Constan, en concreto, en el artículo 7, en el que se elimina la posibilidad de que Italia pueda abolirlos unilateralmente, con lo que se garantiza el mantenimiento del estado del Vaticano.

Fotos: Fotolia – Panda / Kartoxjm

 
 
 
Por: Alsina Gonzàlez. Estudios en ingeniería informática en la Universitat de Girona, experiencia en numerosos medios tradicionales y digitales de tecnología, e investigador en temas de historia sobre el eje de la Segunda Guerra Mundial.

Trabajo publicado en: Dic., 2018.
Datos para citar en modelo APA: Gonzàlez, G. A. (diciembre, 2018). Definición de Pactos de Letrán. Significado.com. Desde https://significado.com/pactos-de-letran/
 

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