Significado de derecho a la defensa Definición, características, condiciones y debido proceso

Gabriela Hernandez
Licenciada en Derecho

Definición formal

El derecho a la defensa Es una de las bases imprescindibles de un Estado de Derecho a partir de lo cual el país garantiza a todos aquellos que pertenecen a su territorio el conocimiento del o los delitos por los cuales se acusa.

Comprende la debida asistencia de un abogado en un juicio que cumpla con los principios –entre otros- de justicia e igualdad ante la ley, a pesar de que como sociedad se puedan tener prejuicios contra ciertos individuos que han obrado al margen del sistema.

Características y clases

Entendiendo la defensa como aquella respuesta que se hace ante una acusación, con el fin de probar por distintos medios la inocencia ante aquello que se le imputa, se puede estudiar un poco algunas características inherentes a la misma, así como sus distintos tipos existentes.

Características

• Se considera un derecho fundamental, en razón de su gran relevancia para cada individuo de la sociedad.

• Como actividad es reactiva, porque está directamente relacionado con la existencia de una denuncia o acusación.

• Es un derecho absoluto ya que no discrimina, y procura proporcionarle lo esencial al hombre: la defensa para poder demostrar su verdad.

Clases

Existen diversas modalidades de defensas, y podemos mencionar entre ellas las siguientes:

1. La Defensa Formal: corresponde a la búsqueda de garantizar el debido proceso para el defendido, estando profundamente relacionadas las actuaciones con el buen aprovechamiento de la oportunidad procesal que otorga el ente de justicia y las leyes adjetivas.

2. La Defensa Material: tenemos que es el conjunto de facultades que se le otorgan al acusado y su equipo de defensa para que ataque, mediante los argumentos que puedan utilizar de manera lógica y legal, aquella imputación que se hizo a su nombre, para que de esa manera puedan desmontar cualquier tipo de cargos en contra.

3. La Defensa de Fondo: se relaciona más con la etapa probatoria del proceso, y consiste en evidenciar y rebatir hechos (de manera válida en el marco de la ley adjetiva), buscando acreditar la inocencia del defendido ante los entes acusadores, o la no responsabilidad civil.

4. La Defensa Técnica: consiste simple y llanamente en que el acusado cuente con un o unos abogados, y en caso de no poder costearlos el Estado deberá garantizarlo gratuitamente, pero que igual lo defienda tan bien como si fuese un asesor privado. Cabe destacar, que la asistencia jurídica publica es un derecho y no una imposición ejecutiva.

5. La Autodefensa: primeramente, se debe aclarar que no se superpone a la debida asistencia de un abogado, sino que esta hace referencia más bien a aquellos alegatos que utiliza el acusado cuando participa efectivamente en el juicio realizado o cuando interactúa con los personajes que lo dirigen.

¿Qué actuaciones configuran el pleno ejercicio del derecho a la defensa?

Para el pleno ejercicio del derecho a la defensa, entre otras cosas, se debe cumplir con las siguientes condiciones:

• En casos penales, una vez detenido, darle conocimiento al investigado de los tipos penales que se le acusan, ponerlo a disposición de la fiscalía y, de cualquier manera, permitirle el derecho a ser asesorado por un abogado público o privado.

• Debe existir la posibilidad de que el acusado se le permita no declarar o no asumir culpabilidad alguna.

• Que su juicio lo lleve el juez natural y cumpla con todos los principios que lo rijan.

• Confidencialidad en la relación defensor-defendido, para que no sean revelados secretos que puedan surgir de sus conversaciones.

• Dar la oportunidad de llevar material probatorio al proceso que permita al defendido demostrar o tratar de mostrar su inocencia.

Valoración en el espectro internacional

El derecho a la defensa en el ámbito internacional tiene una repercusión bastante considerable, ya que al ser esta una de las garantías principales para la existencia de verdaderos Estados de Derecho y para el aseguramiento del respeto a los derechos humano universales, amerita una supervisión y protección destacable.

En ese sentido, tenemos una variedad de convenios, tratados, declaraciones y hasta organizaciones de alcance mundial que se encargan de velar por el debido respeto a los derechos de todo aquel que es acusado de un delito o se ve envuelto en una controversia civil.

Por ejemplo, en 1950 se estableció en el Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales de Roma, el derecho que tienen todos los acusados a una defensa, sea por sí mismo o por un abogado en ejercicio.

Mientras que en Nueva York, mediante una ratificación realizada en 1977, quedó establecido en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, que cualquier ciudadano que fuese acusado de un delito tenía la facultad de defenderse, además de que se le debería otorgar un defensor en caso de que no tuviera la posibilidad de conseguir uno por sus propios medios y, consecuentemente, darle la sensata oportunidad de preparar su defensa. Tal pacto sigue vigente a día de hoy.

Imposibilidad de concebir el derecho a la defensa sin un debido proceso

El debido proceso puede ser considerado como la esencia de un sistema de justicia correcto, justo y eficiente, y el respeto al mismo es garantía de los derechos de todos los ciudadanos que hagan vida en una nación.

El debido proceso consiste en el conjunto de garantías sumariales que se deben dar en los tribunales, para que todo aquel que se vea involucrado en un proceso judicial pueda defenderse en un ambiente de equidad y paridad.

Ninguna persona podría ejercer a cabalidad su derecho a la defensa si no se garantiza el debido proceso. Y es que, por ejemplo, si tenemos un juez que no es competente para el caso en cuestión o está parcializado con la parte acusadora, el imputado estará ejerciendo un derecho a la defensa que no será tal, ya que está siendo perjudicado por la autoridad.

Igualmente, si un Estado no garantiza la presunción de inocencia, sembraría un precedente grave, donde todas las personas no estarían siendo consideradas como iguales ante la ley e inocentes salvo prueba en contrario.

Asimismo, tenemos que si el ente acusador no le da conocimiento al presunto culpable de aquello que se le acusa ni acceso a su expediente, estaría violando su legítimo derecho a la defensa y no estaría cumpliendo el debido proceso.

Por tales motivos, es imposible que derecho a la defensa y debido proceso estén separados, ambos deben funcionar de la mano para así garantizar justicia para absolutamente todos los ciudadanos.

 
 
 
Por: Gabriela Hernandez. Abogada graduada de la Universidad Fermín Toro, con experiencia en el mercado laboral, con vocación en los temas más actuales que interesan al público en general. Creyente de que la mejor forma de progreso es con estudio y trabajo honesto.

Trabajo publicado en: Dic., 2020.
Datos para citar en modelo APA: Hernandez, Gabriela (diciembre, 2020). Significado de Derecho a la Defensa. Significado.com. Desde https://significado.com/derecho-defensa/
 
 
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