Significado de propiedad privada Definición, expropiación, usucapión y seguridad jurídica

Gabriela Hernandez
Licenciada en Derecho

Definición formal

La propiedad privada comprende cada una de las posesiones que uno ostenta, empleado comúnmente para distinguir una casa o un vehículo, por el alto costo que éstos tienen, transformándose en dueño, y por ende, teniendo derecho absoluto en relación al uso y finalidad.

La propiedad privada está conectada al modelo económico capitalista, donde se percibe como una forma de protección del Estado respecto a los bienes que hayan adquirido los ciudadanos, ante la posesión así como en proporcionar el respeto al derecho de heredar de sus descendientes.

Con el devenir de la historia, este instrumento se ha adaptado y adquerido importancia, al punto de considerarse una característica del sistema de gobierno democrático, alzándose como bandera para propugnar los derechos individuales, y cuya violación se distignue como síntoma de los gobiernos autocráticos y de las tiranías.

Expropiación por causa social o de utilidad pública: ¿puede mi propiedad volverse pública aunque no lo quiera?

Sí. Cuando el Estado considera que una propiedad puede generar mayor interés del ya que genera a la sociedad, puede tomar la decisión de expropiarla. En otras palabras, obligar a los dueños a venderla o cederla para su uso público y carácter social. Se busca con ella facilitar los medios para beneficiar a la comunidad, aun cuando los intereses privados puedan verse afectados.

La expropiación puede ser parcial cuando el Estado se toma para sí parte de la administración de la propiedad, o total cuando compra o adquiere la integridad de la misma. La expropiación se circunscribe dentro de la rama del Derecho Público y consiste en traspasar de forma forzada, bajo el pago de una indemnización, la propiedad de un bien desde su propietario al Estado.

Ahora bien, esta figura debe ser practicada con cautela por los gobiernos, pues su uso indiscriminado atenta contra la estabilidad económica y social de un país. Puede traer como consecuencia que los grandes inversionistas duden de la capacidad del Estado para garantizar la propiedad privada y, por ende, la seguridad jurídica que buscan para sus activos económicos.

La expropiación puede resultar injusta para los afectados por ella, pero también puede ser de utilidad para el país cuando se realiza por la razones legales; por ejemplo, si un bien inmueble está dentro de los predios donde se realizará una carretera de servicio para toda una población, la expropiación es la solución, pues garantiza el derecho del propietario a recibir el pago por su propiedad, y a la sociedad de gozar de los servicios y bienes comunes que necesita.

¿El Estado tiene propiedades privadas?

No, generalmente. Entendiendo que la propiedad privada es un derecho que el Estado debe proteger y que éste no es más que la potestad que le permite a una persona de disfrutar o disponer de sus bienes de manera libre y sin más limitantes que las legales existentes, se puede concluir que el Estado como figura central del Poder Público no puede poseer propiedad privada.

Cuando por necesidad de utilidad social o de un bien social se vuelva indispensable utilizar la figura de la expropiación, la propiedad pasa a ser pertenencia del Estado y se convierte en propiedad pública, es decir, no pertenece a ninguna persona en particular. Es también de esa manera porque el capital con que se adquirió dicho bien es público y no privado.

Usucapión o Prescripción Adquisitiva-Extintiva: perder una propiedad por el paso del tiempo

La usucapión es una figura jurídica que le da la posibilidad al poseedor de un bien (inmueble o mueble) de adquirir la propiedad del mismo con el solo hecho de haber tenido la posesión de este por una cantidad de años fijada por la ley, siempre que sus propietarios no hayan reclamado con anterioridad la devolución del mismo.

El tiempo necesario para que se produzca la usucapión varía de acuerdo al país, pero generalmente depende del tipo de usucapión a exigir:

Usucapión ordinaria: se presume la buena fe del poseedor. Se da a partir de los 10 años de posesión para los bienes inmuebles; en el caso que el dueño de la propiedad esté en el extranjero, este plazo se eleva a 20 años y 3 años para los bienes muebles.

Usucapión extraordinaria: no se amerita la buena fe del poseedor. Se puede exigir a partir de 30 años de posesión para bienes inmuebles y 6 años para bienes muebles.

La diferencia entre un poseedor de buena fe y uno que no lo es, se debe a que el primero cree que la propiedad le pertenece a quien se la proporcionó, en cambio, el poseedor de mala fe piensa que el bien que ocupa no le pertenece legalmente a la persona que lo puso bajo su posesión.

La usucapión busca proteger al poseedor de un bien que lo haya hecho de manera pública, y comportándose como dueño, es decir, pagando los impuestos y los gastos del mismo, en perjuicio del dueño legítimo que lo ha desatendido o se ha desinteresado por el mismo. Vale mencionar que la usucapión tiene carácter retroactivo, o sea, que el tiempo de la posesión inicia su conteo desde el mismo momento que comenzó la misma.

Características del derecho a la propiedad privada

• Estar amparada por el libre comercio: una propiedad tiene derecho libre de comprarse y venderse, solamente limitado por las leyes.

• Ser Individual: puede tener un solo dueño, a menos de que se trate de una asociación o una herencia, lo cual mantiene su carácter particular.

• Estar garantizada la libertad de acción del dueño: cada dueño tiene el derecho de disponer de su propiedad como lo considere, sin más limitantes que las legales.

• Estar Protegida: el Estado garantiza y protege la propiedad privada, tomando medidas que impidan que alguien sin los derechos legales quiera apropiarse de un bien ajeno.

• Ser Perpetua: no se extingue con la muerte, puede ser heredada o traspasada a quien el dueño legitimo o la ley estime pertinente.

Privilegios y obligaciones que otorga la titularidad de posesión

La propiedad privada fue y es un derecho dentro de las sociedades antiguas y modernas, viene acompañada por privilegios y deberes que ameritan cumplirse para garantizar el uso y disfrute pleno de este derecho. El Estado garantiza todo lo conducente para que los dueños hagan uso de su propiedad, siempre y cuando esto no perjudique el interés de la sociedad.

En consecuencia, el bienestar económico se entrelaza de manera dinámica con el concepto del respeto a la propiedad privada, porque la garantía que da el Estado a los propietarios y empresarios genera la confianza necesaria para depositar sus inversiones en un país, trayendo el consecuente surgimiento y estabilidad económica de este.

Posee cuatro privilegios bien definidos:

1) El derecho del uso por su dueño, cuando este lo estime conveniente y no vaya en contra de los intereses de otros sujetos de derecho.

2) El propietario de un bien puede disfrutar del mismo aprovechando los frutos o productos que le cause.

3) El derecho de disposición sin más limitaciones que las legales, pudiendo venderla, cederla, traspasarla, arrendarla, enajenarla, etc.

4) La reivindicación, consistente en la reclamación que un propietario puede hacer a la justicia para que le sea devuelta la propiedad frente a terceros que hayan querido usurpar sus derechos.

¿Qué representa la seguridad jurídica para la propiedad privada?

Se entiende por seguridad jurídica la garantía que el Estado da a todos los ciudadanos que sus propiedades, derechos y bienes están salvaguardados, y que, por ende, pueden vivir e invertir en el país sin peligro de perder los derechos legalmente adquiridos sobre estos.

Todo el ordenamiento jurídico de un país siempre busca la mayor suma posible de felicidad para los gobernados, estableciendo control y orden mientras asegura el buen funcionamiento de las instituciones, y cuidando de los derechos e intereses que les asisten, en aras de crear un entorno favorable, no solo para la buena convivencia social, sino también para la estabilidad económica.

Por esa razón, los ciudadanos necesitan la certeza de que sus familias, bienes o pertenencias gozan de seguridad jurídica, es decir, están protegidos por el Estado, que aun cuando ante un inminente peligro de perdida por casos fortuitos sepan que serán protegidos y le serán reparados los derechos que le hayan sido vulnerados.

Mención aparte merece el caso de Venezuela. Lamentablemente, en el país suramericano se ha dado una serie de situaciones que en este preciso momento de la historia lo conciben como uno de los países con más crisis a nivel económico y social. Venezuela, considerada en otrora una potencia en desarrollo, pasó a ser uno de los países con más índice de pobreza del mundo, a pesar de sus riquezas minerales y petroleras.

Muchos afirman que el fenómeno venezolano ocurre por malas políticas económicas y sociales donde la expropiación y la falta de seguridad jurídica crearon un caldo de cultivo propicio para el desmantelamiento del aparato económico del país caribeño. No existen condiciones mínimas para garantizarles a los empresarios e inversionistas la debida seguridad jurídica para sus bienes y propiedades.

De lo anterior, se desprende que muchas de las grandes corporaciones internacionales y empresas que hacían vida allí se marcharon: unas por las expropiaciones sin control y otras porque no existía la seguridad de inversión; independientemente del motivo, esto trajo consigo la consecuente falta de empleo, el desmejoramiento del nivel de vida del ciudadano y el aumento de males como la delincuencia.

El presente que vive ese país es muy preocupante y sirve para que otras naciones vean lo peligroso que puede ser la utilización, por parte del Estado, de prerrogativas que le son concedidas sin hacer una evaluación eficiente de las consecuencias a corto, mediano y largo plazo. Se pronostica que por el caso venezolano, de ellos, dos o más generaciones sufrirán las secuelas de la crisis que hoy les afecta.

 
 
 
Por: Gabriela Hernandez. Abogada graduada de la Universidad Fermín Toro, con experiencia en el mercado laboral, con vocación en los temas más actuales que interesan al público en general. Creyente de que la mejor forma de progreso es con estudio y trabajo honesto.

Trabajo publicado en: Jul., 2020.
Datos para citar en modelo APA: Hernandez, Gabriela (julio, 2020). Significado de Propiedad Privada. Significado.com. Desde https://significado.com/propiedad-privada/
 


Ilustraciones: olenkamelenka
 
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