Significado de obligación en Derecho Definición, obligaciones laborales, fiscales, morales y del estado
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Definición formal
La obligación en el marco jurídico, perteneciente al Derecho Civil, concierne las responsabilidades típicamente consideradas tácitas, pero que en realidad tienen un grado de exigencia legal. Mucha gente incumple obligaciones, las cuales pueden variar de acuerdo al escenario, y tal actuación implica una penalidad jurídica contemplada previamente por los órganos competentes. Por su parte, Si quiere, lea el análisis y la definición de obligación a nivel moral y social.
Existen ciertas variantes desde la perspectiva del Derecho para su abordaje, determinadas en gran medida por el enfoque acreedor (como la facultad que tiene un sujeto de exigir a otro) y el deudor (como la necesidad de cumplir una pauta o comportamiento). Es importante dejar en claro que el Derecho suele ver las cosas desde el punto de vista del deudor, por eso se habla de una “obligación”. Por su parte, el acreedor en cambio tiene un “derecho”.
Obligaciones laborales: trabajador y empleador
Hay que entender que en un vínculo, acuerdo o contrato hay obligaciones mutuas. Un buen ejemplo al respecto es la relación entre un empleador y sus trabajadores. Veamos, por ejemplo, algunas de las obligaciones que tienen los empleadores con sus trabajadores:
1) Pagar el importe acordado por el trabajo.
2) Proporcionar al trabajador lo necesario para hacer su labor, ya que solo se contrata la mano de obra.
3) Dar las situaciones de seguridad y salubridad, pues accidentes y enfermedades labores cuentan por vía del empleador.
4) Entregar al trabajador constancias de trabajo y documentos similares.
5) Hacer las deducciones por seguro social o sindicatos y expresar de manera detallada estas deducciones.
6) Por otra parte, ocurre que el empleado también tiene obligaciones. Algunas son las que indicamos a continuación:
7) Cumplir con el horario de trabajo cuando así se estipule.
8) Cumplir con el reglamento interior de la empresa que lo contrata.
9) Desempañar su labor bajo la dirección del patrón, sin salir de esta directriz.
10) Avisar con tiempo al patrón cuando incurra en ausencias a su trabajo.
11) Avisar al patrón si tiene alguna enfermedad contagiosa.
12) Tener una actitud respetuosa en el trabajo.
Tal y como se puede notar, el empleado debe cumplir sus asignaciones. No obstante, también debe poner de su parte para una convivencia laboral adecuada.
Obligaciones tributarias o fiscales para el funcionamiento del Estado
Ahora nos toca hablar de ciertos deberes que tienen los ciudadanos de un Estado. El funcionamiento del Estado es una responsabilidad colectiva de todos sus ciudadanos. Esto incluye el aporte monetario para que las instituciones gubernamentales y legales puedan operar. Para que esto así suceda, es por lo que se exige el pago de los impuestos.
Los impuestos son una obligación en cualquier país. Es la única manera en que el gobierno puede llevar a cabo sus actividades, ya que los funcionarios públicos requieren un pago por sus servicios. Además, los tributos también se usan para costear reparaciones de vías públicas, infraestructuras y mucho más.
Por lo antes mencionado, todo ciudadano tiene la obligación de pagar impuestos. En dado caso, en ciertos casos hay exenciones. Sin embargo, lo habitual es que todos los habitantes de un país colaboren económicamente para que las instituciones estadales puedan funcionar.
Obligación del Estado en garantizar servicios básicos
Nuevamente nos encontramos en una doble situación de obligaciones. Los ciudadanos han de pagar tributos, pero a su vez el Estado tiene una gama de responsabilidades. En ese sentido, lograr que los servicios básicos estén al alcance de la población, por ejemplo:
– Seguridad y policía
– Educación
– Salud
– Agua, luz, electricidad, comunicaciones, etc.
Los servicios básicos tienen una peculiaridad: su no prestación pone en riesgo la misma existencia del Estado, así como los requisitos mínimos para la calidad de vida de la población. De la misma manera, todo Estado debe estar capacitado para al menos cumplir con estos servicios. La prestación de los mismos, pone en tela de juicio la eficiencia del Estado y su utilidad. De hecho, los impuestos deben ser suficientes para al menos cubrir estos servicios.
Alcance de las obligaciones morales
Hay que recordar que entre las fuentes del Derecho se encuentran los “usos y costumbres”. Es así como debemos dejar en claro que la moral es “conjunto de costumbres y modos de acción” considerados aceptables. Básicamente, se considera que en los reguladores morales participan dos factores:
– La educación: misma que mostrando a las personas las pautas de comportamiento de la sociedad.
– La cultura: es el entorno en el cual se mueven las personas y así van siguiendo modos de acción.
En general, se considera que la moral tiene un carácter obligatorio. Por ejemplo, no robar es una acción moral, misma que se convierte en un mandamiento religioso de “no robarás”, pero que también articula una ley. Se trata de una manera ética de convivencia social, que va mostrando como las leyes son el resultado de la aplicación jurídica de ciertas costumbres.
Obligaciones en parejas divorciadas al respecto de los hijos
Ahora tenemos otro ejemplo de obligación desde el punto de vista legal. Sucede que los padres tienen la obligación de dar sustento a sus hijos: es una obligación, no una elección. Es decir, una persona que tiene un hijo debe atenderlo económicamente, así como hacerse cargo de su educación y salud. Si no hace esto, inmediatamente infringe la ley.
Esta obligación es una clara derivación de la moral que se convierte en ley, pues lo ético es que las personas cuiden de sus hijos. Además, es un vínculo per se y que no depende de la institución del matrimonio. Es decir, la obligación respecto a los hijos es algo independiente de la unión matrimonial; por ello se mantiene incluso más allá del divorcio.
Se indica que ambos padres mantienen responsabilidad sobre los hijos. En consecuencia, lo que se debate es cuál de ambos conserva la patria potestad. Sin embargo, la responsabilidad del sustento de los hijos es algo compartido y que no pueden eludir. El cuidado de los descendientes no es producto del matrimonio, sino del parentesco por consanguinidad.
Este es un ejemplo de como la “obligación jurídica” es algo que existe casi naturalmente, no que se endosa. La gente tiene obligaciones, del mismo modo que tiene derechos. Se trata de un tema que es necesario conocer para lograr saber todas las facetas de la vida ciudadana obediente.
Trabajo publicado en: Feb., 2020.
Ilustraciones: nuvolanevicata